Secretaría

Trámites y documentos

Desde la gestión de trámites hasta la solicitud de títulos, aquí encontrarás todo lo que necesitas saber sobre los procedimientos administrativos en el centro. Descubre cómo realizar solicitudes de convalidaciones, ampliaciones de matrícula y más. Si tienes alguna pregunta, estamos aquí para ayudarte.

PAU 2026

Tienes toda la información sobre la matrícula y horarios de las pruebas en el siguiente documento:

Solicitud de títulos

La solicitud de títulos se realiza en la Secretaría virtual de los centros docentes andaluces.

Esta herramienta desarrolla los cuatro pasos que hasta la fecha se venían realizando.

  1. Comprobación de que la persona interesada ha obtenido el título que solicita.
  2. Generación del impreso de tasas 046 y posibilidad de abonar las tasas con tarjeta de crédito..
  3. Suministro de un justificante del abono de las tasas que tiene los efectos del título hasta el momento en que éste se elabore.
  4. Grabación en la aplicación de gestión docente Séneca de la solicitud efectuada.

Si tienes cualquier duda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Solicitud genérica

Convalidaciones

Podemos distinguir tres tipos de convalidaciones:

Convalidaciones de módulos LOGSE o LOE por módulos LOE.

Todas estas convalidaciones aparecen recogidas en este Real Decreto del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Puedes utilizar el buscador para localizar lo que quieres convalidar y comprobar que efectivamente se encuentra en las tablas de la orden. 

Este es el IMPRESO que debes presentar en secretaría.


Convalidaciones de FP I y FP II y de estudios universitarios

Estás convalidaciones las resuelve el Ministerio y, en el caso de los estudios universitarios, debes aportar los programas de las asignaturas sellados por la universidad.

La resolución de estas convalidaciones suele tardar meses llegando en algunos casos hasta el tercer trimestre. Debes saber que tu obligación es asistir a clase hasta que se resuelva la convalidación, ya que ésta podría resultar desfavorable.

Este es el IMPRESO que debes presentar en secretaría, junto con la documentación justificativa en formato pdf (certificado de estudios, programas de las asignaturas, etc).. 

El expediente debe ser enviado al Ministerio, por lo que debemos tener la documentación a finales del mes de octubre.

Convalidación mediante Cualificaciones Profesionales

Estás convalidaciones las resuelve el Director del centro. Debes aportar los certificados de las cualificaciones profesionales superadas.

Este es el IMPRESO que debes presentar en secretaría.

Reconocimiento de módulos LOE por módulos LOE

Este  caso NO es una convalidación sino un reconocimiento de nota y procede cuando los módulos tienen el mismo nombre y el mismo código.

Si procedes de un centro público de Andalucía, no es necesario presentar nada, pues lo hace el sistema informático de oficio. En cualquier otro caso, debes presentar la certificación académica oficial (no es válido un boletín de notas).

Ampliación de Matrícula

Plazo: Primera quincena de curso.

La ampliación de matrícula está prevista en formación profesional oferta completa para aquel alumnado que cursa módulos del primer curso y tiene posibilidad de ampliar con módulos del segundo curso.

Solo es posible si:

  1. Las horas totales de los módulos en los que se esté matriculado, tras la ampliación, no es superior a 1.000 horas lectivas.
  2. El horario lectivo de los módulos es compatible, según el plan de centro, no se solapan más del 20% de las horas y que tenga el visto bueno del equipo educativo (firma tutor).
  3. Hay plazas disponibles en el segundo curso.

El procedimiento para solicitar la ampliación es sencillo, debes cumplimentar y entregar la de ampliación de matrícula a tu tutor/a.

Exención Formación en Centros de Trabajo o Formación en Empresa u organismo Equiparado

Para solicitar la exención se debe estar matriculado en el centro y acreditar, tanto para la exención total como para la parcial, una experiencia laboral. Más información.

En virtud del artículo 161 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, podránquedar exentos, total o parcialmente, de la fase de formación en empresa u organismoequiparado, quienes acrediten una experiencia laboral mínima correspondiente a 6 meses a tiempo completo o su equivalente, para los grados E, y 1 año a tiempo completo o su equivalente, para los grados D, que se corresponda con la formación cursada. A estos efectos, se podrá aportar la experiencia laboral en los cinco años anteriores.

Desgarga la solicitud de exención. La presentación de lasolicitud deberá efectuarse con una antelación mínima de 40 días hábiles respectoa la fecha prevista de incorporación a la fase formativa.

La justificación de la experiencia laboral se realizará con los siguientes documentos:

  • Si eres trabajador/a asalariado/a:
    • Tesorería de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliadas, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
    • Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste, específicamente, la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.  
  • Si eres trabajador/a autónomo o por cuenta propia, tendrás que aportar certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente, así como descripción de la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
  • Si eres becario/a, necesitarás una certificación de la persona responsable en la organización donde hayas prestado la asistencia, documento en el que deben constar, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
  • Si eres o has sido voluntario/a en alguna entidad de voluntariado, deberás aportar una certificación expedida por la entidad en la que hayas prestado los servicios voluntarios. El certificado tendrá, al menos, tus datos personales e identificativos y los de la entidad de voluntariado, la fecha de incorporación y la duración, la descripción de las tareas realizadas o funciones asumidas y el lugar donde se ha llevado a cabo la actividad.

Convocatoria extraordinaria, anulación de matrícula y renuncia a convocatoria y bajas de oficio en Grado Medio y Superior y Curso de Especialización.

CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA:

La convocatoria extraordinaria es la que se concede con carácter excepcional, previa solicitud del alumnado y por una sola vez, para cada uno de los módulos profesionales que puedan ser objeto de evaluación en cuatro convocatorias, una vez agotadas las mismas.

Plazos importantes

  • Solicitud: 1 al 15 de julio
  • Resolución: antes del 5 de septiembre
  • Alegaciones: 5 días hábiles tras publicación
  • Matrícula (si se concede): 15 días hábiles desde la notificación

RENUNCIA A CONVOCATORIA:

Renunciar a la convocatoria de hasta el 50% de módulos profesionales:

  • Deberá solicitarse con un plazo mínimo de 2 meses antes de la evaluación final.
  • Se exige poseer alguna de las siguientes causas justificadas y adjuntar la documentación indicada:
    • Enfermedad prolongada o accidente: certificado médico oficial en el que conste la fecha y duración de la inhabilitación.
    • Incorporación o desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas:
      • Personas trabajadoras asalariadas: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados o equivalente en el caso de organismos extranjeros, donde conste la empresa y el período de contratación.
      • Personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.
    • Cuidado de hijo o hija menor de 9 años o accidente, enfermedad grave u hospitalización del cónyuge o análogo y de familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad: certificado médico oficial en el que conste la fecha y duración de la necesidad de cuidados.
    • Cuidado de personas dependientes hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad: certificado médico oficial en el que conste la fecha y duración de la necesidad de cuidados o documentación acreditativa.
    • Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo o formativo: certificado médico oficial en el que conste la fecha y duración de la necesidad de cuidados o documentación acreditativa.
    • Otras causas: documentación acreditativa.

Renunciar a su matrícula completa:

  • Antes del 15 de noviembre: No necesita justificar la causa.
  • A partir del 15 de noviembre: Debe justificar la solicitud de renuncia por algunas de las causas descritas en el punto anterior, adjuntando la documentación que la acredite.

DESCARGA IMPRESO RENUNCIA A CONVOCATORIA

DESCARGA IMPRESO RENUNCIA A MATRÍCULA

Estos impresos deben entregarse en el centro. 

ANULACIÓN DE OFICIO DE LA MATRÍCULA

  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Decreto 147/2025, de 17 deseptiembre, los centros docentes sostenidos con fondos públicos iniciarán el procedimientode anulación de oficio de la matrícula en las ofertas formativas de grados D o E si, una vez iniciadas las actividades lectivas y transcurridos cinco días hábiles, se observase la no incorporación o la inasistencia injustificada y reiterada del alumnado a las mismas. Dicho procedimiento podrá incoarse hasta el 15 de noviembre de cada año
  • Asimismo, a partir del 15 de noviembre podrá procederse igualmente a la anulaciónde oficio de la matrícula en aquellos casos en que el alumnado acumule un mínimo de cuarenta y cinco días hábiles de inasistencia injustificada en el conjunto de los módulosen que estuviera matriculado.
  • Si se detecta esta inasistencia se notificará tal circunstancia al alumnado o a sus representantes legales y le informará del plazo del que dispone para la incorporación a las actividades formativas, que no será superior a 10 días hábiles lectivos a contar desde la práctica de la notificación.
  • Si transcurrido este plazo, no se produce la incorporación ni la justificación de las faltas de asistencia se procederá a hacer efectiva la anulación de la matrícula.
  • Efectos de la anulación de oficio de la matrícula: pérdida de las convocatorias correspondientes a la matrícula; pérdida del derecho de reserva de plaza, por lo que, si en el futuro deseara continuar cursando la oferta formativa, deberá concurrir de nuevo al procedimiento general de admisión, y no devolución de la cantidad ingresada en concepto de precios públicos, salvo en los casos imputables a error administrativo.

Solicitud Carnet Productos Fitosanitarios.

¿Qué requisitos necesarios para obtener el carné de usuario profesional de productos fitosanitarios por primera vez?

  • Presentar el título oficial o, en su defecto, el certificado de notas junto con el resguardo de solicitud del título, si has cursado alguno de los ciclos formativos impartidos en nuestro centro, como Paisajismo y Medio Rural, Jardinería y Floristería, Producción Agropecuaria o Producción Agroecológica, u otras titulaciones como las que figuran en este enlace.
  • Pago de la tasa correspondiente, necesario desde el día 1 de enero de 2026 (ver tramitación) (ver modelo 046 - pago de tasas).
  • Presentación de la solicitud. Se puede realizar en las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, o en las oficinas comarcales agrarias (OCAS).
    Puedes realizar también el trámite de forma telemática. Más información en este enlace.

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